viernes, 24 de noviembre de 2006

" El Sitio del Suceso"


También conocido con los nombres de: lugar del hecho, escena del crimen o escenario del delito. Corresponde al lugar o espacio físico donde se ha cometido un acto ilícito o un posible accidente, donde se encuentran diversos indicios y evidencias, las cuales requieren ser investigados para determinar su relación con el lugar del hecho y su particularidad.

Muchas personas piensan que el lugar del hecho y el lugar de hallazgo es lo mismo pero no es así, de cierta forma guardan relación entre sí pero tienen una particularidad distinta la una de la otra. En algunas ocasiones pueden presentarse ambas dentro del mismo espacio como también en zonas distintas. A modo de ejemplo sería, si se comete un homicidio en un lugar específico y luego de ello se traslada el cadáver a otro lugar que quede en otra zona o a varios kilómetros de distancia, en este caso el lugar del hallazgo sería donde se encontró el cadáver y el lugar del hecho es aquel en donde se cometió el acto delictual que en este caso es el homicidio.

Cabe recordar que independiente que se encuentren ambas en forma juntas como separadas, la calidad de su análisis y estudio en el lugar debe realizarse en forma minuciosa, profesional y con cuidado, ya que, ambas tienen diversos indicios como evidencias que merecen su debido cuidado y protección.

El lugar del hecho (S.S) se puede clasificar de dos formas, y estas son:

Típico: Es aquel sitio del suceso en donde el lugar del hecho y el lugar de hallazgo se encuentran en el mismo espacio. Ej.: Homicidio en una habitación sin traslado de cadáver.

Atípico: Al contrario del anterior, este corresponde a aquel en donde el lugar del hecho y el lugar de hallazgo se encuentran en zonas distintas. Ej.: El homicidio se cometió en una habitación de un domicilio y el cadáver se encontró en el patio del mismo domicilio. El lugar es el mismo (la casa) pero las zonas son diferentes.
Se entiende por lugar “cerrado”, a aquel espacio físico que esta delimitado por paredes o por obstáculos que limitan el ingreso libre al lugar (Ej.: una habitación, una bodega, una sala etc. Lugar “abierto” al contrario del anterior, corresponde al espacio físico el cual se encuentra sin limitaciones o de pequeñas limitaciones que poco o nada impiden el ingreso de personas (Ej. En la vía pública, en un campo, áreas verdes, etc.).

Excepcionalmente existe un sitio del suceso denominado “mixto”, que es aquel donde se encuentran presentes las características anteriores, es decir, se presenta limitaciones de ingreso y a su vez de forma libre que puede ser afectados por factores como el clima u otros en particular. Ej. Un cadáver que se encuentre en el patio de una casa, a pesar de estar delimitado por paredes de las casas vecinas, puede verse afectado por factores de libre ingreso como la lluvia o objetos que cayeren de las casas vecinas, otros casos serian en un estadio o gimnasio.

Hay que tener presente siempre que antes de iniciar los trabajos en el lugar se debe contar con la autorización del fiscal a cargo del caso y el sitio del suceso debe estar totalmente AISLADO en caso de ser lugar “abierto” y CLAUSURADO en caso de ser un lugar “cerrado”, para impedir el ingreso de personas extrañas al espacio que se requiere investigar, para no destruir las posibles evidencias que allí se pudiesen encontrar. Luego el ingreso del personal que debe trabajar en el lugar debe realizarlo bajo permiso exclusivo del encargado de llevar a cabo los trabajos que en este caso será el Investigador Criminalístico, quien dará las instrucciones de acceso de los distintos peritos y expertos para cada área. (Véase en el próximo tema “trabajo en el sitio del suceso).

En forma personal, creo que en Chile este tema esta siendo muy afectado por la forma en que se trata cada sitio del suceso en lo que corresponde al trabajo preventivo de ingreso del personal, esto a mi juicio por el hecho de no existir alguien que regule este sistema o metodología de ingreso de los distintos peritos al lugar y aun así, no existe una constancia de las personas que ingresan al lugar y el trabajo que van a realizar, ya que por el hecho de existir grados jerárquicos no se cumple con los cuidados de ingreso. A mi juicio sería que TODAS las personas que ingresaren al lugar deben ser registradas en un acta de ingreso la cual se debería posteriormente entregarse al Investigador Criminalístico para corregir los ingresos inapropiados o para confirmar metodologías para los diferentes escenarios delictuales y a su vez entregarse al fiscal para solicitar posteriores declaraciones al personal.

Recuerdo que lo anteriormente señalado es totalmente un juicio personal, ya que con este tipo de actuaciones se crearía una mayor actitud de responsabilidad frente a los trabajos en el lugar y por ende conllevaría a mejores resultados y se evitarían las posibles destrucciones de indicios ni errores de actuación en el espacio sometido a investigación.
cooperemos con llevar a cabo estos pasos a nuestro egreso para fomentar la responsabilidad en la investigacion de la criminalística de campo.
saludos

13 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola amigo y colega:
tienes mucha razón y concuerdo totalmente con lo que piensas, de todas maneras se deberia tener un mayor cuidado en la protección de un sistio del suceso ya que el ingreso de cualquiera podria contaminar lo que es el lugar y destruir información vital para lo que es un caso.no importa quien sea ni el cargo q posea xq el sistio del suceso es lo principal.

besos y sigue asi, hoy aprendi algo nuevo contigo , no tenia ni idea de la diferencia entre sitio del suceso y lugar de hallazgo.

xau

:D

Anónimo dijo...

holaa: comentarios técnicos no puedo hacer pq no soy la más idónea para hacerlo...pero sí puedo decir q es bueno q hayas creado este blog para q personas q no son expertas en el tema, puedan saber un poco más de temas q no siempre tenemos oportunidad de ver ni conocer.
Excelente iniciativaa.
Cuidate
Byee!

Anónimo dijo...

mmm kreo ke se comete un error al hablar de un sitio del suceso "mixto"
por lo que se en el c.p.p se habla solo del abierto y del cerrado, por ende en un informe pericial no se puede escribir "s.s mixto" ya que segun la ley no existe

o es abierto o es cerrado weno

eso es lo ke sabia io

:p

brown_skin_style@hotmail.com

Rodrigo Limpert dijo...

me gustaria saber en que parte del c.p.p sale eso..porque hasta lo que yo se el codigo en ningun momento se refiere a nada que este relacionado a la criminalistica..solamente a la estructuracion de un informe pericial el cual debe llevar como minimo 3 partes (Objeto de la pericia - Operaciones realizadas y Conclusiones) a todo esto queda libremente abierto el incluir "Elementos ofrecidos" y "Anexos"...espero respuesta compadre y gracias por postear =)

Anónimo dijo...

hola :
me gusto tu explicacion..!!!
etudio esa carrera y me gustaria
si puderas mandar a mi correo
me seria muy util y mas practico..
gracias por esa informacion
babo_kballero@hotmail.com

lisbeth hernandez dijo...

esta muy buenos todos sus comentarios estoy comensando y me gustaria q me dieran sus experiencias

Anónimo dijo...

Estimado D. Rodrigo, el Perito es la persona que elabora un informe a la solicitud de alguna de las partes o del propio Juzgado sobre un hecho para cuyo conocimiento son necesarios determinados conocimientos a nivel técnico, digamos, de electrónica, construcción, ambiental, instalaciones electricas, educación, ect, y por supuesto criminalistica, criminología etc, Un Perito criminal, es muy interesente, pero se perita de muchas áreas de las ciencias mi querido colega.
Felicidades, por su web.
Cordialmente.
Jenaro

Anónimo dijo...

hola señor rodrigo mi nombre es cristina moran quisiera hacerle una preguntas ...para mi estudiar criminologia o criminalistica es mi pasion me gusta mucho pero la verdad esque estoy muy desinformada quisiera que usted me de algunos consejos
soy del peru bueno muchas gracias
mi correo es :cristina_d_18@hotmail.com

casa en venta dijo...


PATOLOGIA FORENSE EN CRIMENES SATELITALES.

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Anónimo dijo...

Yo quisiera saber si antes de empezar la carrera es necesario tener primero algun acercamiento con el ejercito el gaula o la policia para poder encontrar un buen trabajo

Eucary dijo...

Hola Rodrigo a mi me dieron una clase s.s de liberación y a mi me pareció q lo q lei en tu blogs sobre el s.s de hallazgos es igual me parece q se trata del mismo sitio del suceso esa es la duda q tengo me la puedes aclarar xfa Y es muy bueno blogs aprendí muchísimo te felicitó x tu blogs q realmente instruye muy buena tu iniciativa

Unknown dijo...

Hola amigo Rodrigo, primero que nada reciba UD., Mis más profundas felicitaciones por sus amplios conocimientos a favor de los exclusivos seguidores. Tengo 21 años de experiencia en el Área Técnica Policial y comparto profesionalmente con Ustedes., De los 3 históricos y Existentes S.S: Abierto, Cerrado y MIXTO.

gina dijo...

muy buen articulo yo he contratado un perito privado que me ayudo a recolectar la evidencia contundente para la sentencia en la corte vale la pena hacer ese gasto con tal de demostrar la verdad